Diccionario de términos jurídicos y derecho: O
– OBLIGACIÓN
Derecho del(de la) acreedor(a) dirigido a conseguir del(de la) deudor(a) una prestación de dar, hacer o no hacer alguna cosa y garantizado con todo el activo patrimonial del deudor (obligado). La obligación nace de la ley, de los contratos, 84 de los cuasicontratos y de los actos y omisiones ilícitos en los cuales se establezca alguna culpa o negligencia.
– OBCECACIÓN
Es circunstancia mitigante la de obrar por estímulos tan poderosos que naturalmente hayan producido rapto o bien obcecación. Es de tan variable consideración que no cabe apuntar con criterio recio y también inflexible las reglas determinadas y precisas que fuercen a aplicarla, siendo las únicas que la incesante y repetida jurisprudencia tiene fijadas, que el estímulo generador del rapto y obcecación sea poderoso y también inmediato, con tan súbita viveza que perturbe durante un momento la inteligencia y sobreexcite la voluntad del que la padezca, atendiendo tanto a las circunstancias objetivas del hecho en sí, como a las subjetivas del autor del delito en el instante de su ejecución, y que el impulso no nazca en verdad o bien acto alguno contrario a la ética.
– OBEDIENCIA DEBIDA
Como causa que libra de responsabilidad delincuente. Se refiere a la producción de un daño al ejecutar una persona órdenes recibidas de quien tiene el derecho de darlas y dirigirlas al que se halla en la obligación de cumplirlas.
– OBJECIÓN
Oposición por la parte de un letrado a que se haga una pregunta a un acusado, o bien a la manera en que se hace el interrogante.
– OBLIGACIÓN ALIMENTICIA
La que, por imperativo legal, tienen determinados familiares para con aquel a quien le falten los medios de alimentarse, y siempre y cuando no le sea posible adquirirlos con su trabajo
– OFICIO JUDICIAL
La comunicación escrita en que un juez o bien tribunal requiere ciertos datos o bien informes. De esta manera está preparado que: «cuando los jueces y tribunales deban dirigirse a autoridades y funcionarios de otro orden, emplearán la manera de oficios o bien exposiciones, conforme el caso lo requiera».
– OLÓGRAFO
Documento escrito enteramente por su autor.
– ONEROSO
Costoso. Se aplica al contrato o bien acto jurídico que demanda determinadas posibilidades para las partes en contraposición al llamado gratis.
– OTORGAMIENTO
Acto por el que las partes que intervienen en un negocio jurídico prestan su permiso a la formalización del pertinente documento, redactado por sí o bien por Notario. Acción de otorgar un instrumento, como poder, testamento, etc. Parte final del documento, especialmente del notarial, en que este se lee, se aprueba, se cierra, se firma y se solemniza al dar fe el notario.
– OTORGANTE
El que otorga
– OTORGAR
Consentir, condescender o conceder una cosa que se pide o se pregunta. Disponer, establecer, ofrecer, estipular o prometer una cosa. Dícese por lo común cuando interviene solemnemente la fe notarial.
– OTROSÍ
Expresión utilizada en los escritos forenses para apuntar tras la súplica una solicitud más al Tribunal al que se dirige. Determinadas solicitudes deberán elaborarse a través de Además, conforme señalan las Leyes Procesales.
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