El Tribunal Supremo considera derogado el artículo 1949 del Código Civil

El Tribunal Supremo crea una sección para tramitar en exclusiva los recursos del “céntimo sanitario»

El TS resolverá primero 8 casos que van a marcar la pauta para los miles y miles de recursos presentados frente a la Sala Tercera.

La devolución del “céntimo sanitario” empieza a llegar a las comunidades de dueños. El Ministerio de Hacienda y el campo del transporte alcanzan un acuerdo sobre el ‘céntimo sanitario’

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado crear una sección concreta que gestionará en exclusiva los miles y miles de recursos que demandan la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios derivados del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Ciertos Hidrocarburos, regulado en el artículo nueve de la Ley 24/2001, de veintisiete de diciembre, que el Tribunal de Justicia de la UE consideró contrario al derecho comunitario el veintisiete de febrero de dos mil catorce por vulnerar la Directiva sobre los Impuestos Singulares, conforme notifica el CGPJ.

El Supremo crea una sección para tramitar 4.000 recursos por céntimo sanitario

Frente a los cuatro mil recursos presentados y el altísimo número de los que prosiguen presentándose, la Sala Tercera ha acordado, tal como contempla la ley, gestionar 8 recursos «testigos», cuyas sentencias van a abrir el paseo procesal de los miles y miles de casos pendientes, que mientras van a quedar en suspenso.

La Sala Tercera ha aplicado el artículo treinta y siete.2 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa que prevé la posibilidad, en el momento en que un tribunal tenga un número elevado de recursos idénticos, de pactar que prosiga el trámite de ciertos, llamados en la ley «preferentes» (llamados asimismo «testigos»), dejando en suspenso los sobrantes que sean idénticos. En cumplimiento de esta previsión legal, los jueces han elegido 8 de los convocados recursos y, a través de providencia, están comunicando la suspensión de los sobrantes recursos.

La mentada Ley de lo Contencioso prevé en su artículo ciento once que, una vez resueltas y notificadas las sentencias de los recursos «testigos», se va a dar traslado de exactamente las mismas a las partes de los recursos pendientes a los efectos legalmente previstos.

Los recursos presentados por el llamado «céntimo sanitario» equivalen a la mitad de los temas pendientes de toda la Sala de lo Contencioso en su conjunto. Para encauzar de la mejor manera posible estos miles y miles de recursos, se ha habilitado una sección concreta que va a contar con una secretaria judicial y seis funcionarios dedicados en exclusiva a este tema.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha tomado esta resolución tras percibir en torno a 4.000 recursos por este asunto, que suponen casi la mitad de todos y cada uno de los pendientes en la Sala Tercera. La pretensión del Alto Tribunal es resolver primeramente ocho casos denominados «preferentes», cuyas sentencias marcarán el camino de los miles de casos pendientes, que mientras quedarán en suspenso. Los ocho han sido elegidos por englobar todos y cada uno de los aspectos que deben valorarse para solucionar los conflictos.

La ley prevé que una vez resueltas y notificadas las sentencias de los recursos «testigos», el secretario judicial designado para esa sección específica (que va a contar con seis funcionarios en exclusiva) dará traslado a las partes de los recursos pendientes. Las partes podrán entonces pedir que se extiendan los efectos de la sentencia a su caso, o que se siga con la tramitación de su recurso, o bien comunicar de que desisten de su intención al comprobar que los criterios del Supremo no respaldan sus tesis.

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Hacienda se enfrenta a la devolución de unos 13.000 millones de euros colectados ilegalmente entre dos mil dos y dos mil once, conforme las estimaciones de las propias autoridades españolas. Hacienda ha admitido devolver el céntimo sanitario, pero con unos criterios tan restrictivos (presentación de cada tíquet de pago) que han conducido a la presentación de miles y miles de demandas.

El Gobierno creó en 2001 el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Ciertos Hidrocarburos (IVMDH) para financiar las competencias de salud transferidas a las comunidades. La Agencia Tributaria lo cobró desde dos mil dos a dos mil doce y cuando el tribunal de la Unión Europea lo declaró ilegal, Hacienda acordó la devolución del tributo a aquellos usuarios que lo pidieran y pudiesen acreditar su pago documentalmente (con tíquets de carburante). En junio de ese año, la Agencia Tributaria había devuelto ya el 68,6 por ciento de las peticiones.

Pero miles de consumidores denunciaron que no conservaban la documentación para demostrar el pago del tributo y asistieron a los tribunales para solicitar la devolución del dinero. En abril de dos mil catorce, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó la primera sentencia que forzaba a la Administración tributaria a devolver a un empresario con intereses de demora las cantidades abonadas por ese tributo. Entonces han llegado otras muchas y, desde hace unos meses, los recursos de las partes disconformes han ido llegando al Supremo.

El tribunal ha aplicado el artículo treinta y siete.2 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa que prevé la posibilidad, en el momento en que un tribunal tenga un número elevado de recursos idénticos, de pactar que prosiga el trámite de algunos, llamados en la ley “preferentes” (denominados asimismo “testigos”), dejando en suspenso los sobrantes que sean idénticos. En cumplimiento de esta previsión legal, los jueces han elegido ocho de los recursos contra el céntimo sanitario y, mediante una providencia, están comunicando la suspensión de los sobrantes.

La mencionada Ley de lo Contencioso prevé en su artículo 111 que, una vez resueltas y notificadas las sentencias de los recursos “testigos”, se va a dar traslado de las mismas a las unas partes de los recursos pendientes a los efectos legalmente previstos.

Los recursos presentados por el llamado céntimo sanitario acaparan la mitad de los temas pendientes de toda la Sala de lo Contencioso. Para canalizar de la mejor forma posible estos miles y miles de recursos, se ha habilitado una sección específica que va a contar con una secretaria judicial y 6 funcionarios dedicados en exclusiva a este tema.

Céntimo sanitario: el Supremo crea una sección para tramitar en exclusiva los recursos

Eso ha generado hasta el momento un total de 4.000 recursos para reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios derivados del citado impuesto, a los que se sumará el elevadísimo número de los que prosiguen presentándose, ha informado el Supremo en una nota.

Ante esta situación la Sala Tercera del Supremo ha acordado, tal como contempla la ley, gestionar ocho recursos «testigos», cuyas sentencias abrirán el camino procesal de los miles y miles de casos pendientes, que mientras tanto quedarán en suspenso.

Los recursos presentados por el llamado «céntimo sanitario» equivalen a la mitad de los asuntos pendientes de toda la Sala de lo Contencioso en su conjunto.

Para canalizar de la mejor manera posible estos miles de recursos se ha habilitado la citada sección específica, que va a contar con una secretaria judicial y 6 funcionarios dedicados en exclusiva a este tema.

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